Se reglamentó la Ley de Cannabis Medicinal

El gobierno informó a través del Boletín Oficial el decreto 738/2017 que reglamenta parcialmente el uso del cannabis medicinal.
viernes, 22 de septiembre de 2017 · 09:11

A través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional informó el decreto 738/2017 que reglamenta parcialmente el uso de cannabis medicinal. 

La ley de investigación médica y científica del uso medicinal de cannabis y sus derivados, fue sancionada el 29 de marzo de este año tras una larga lucha de organizaciones sociales, pacientes y médicos. 

Se trata de la ley 27.350 que prevé un programa nacional para el estudio e investigación del uso medicinal de dicha planta y sus derivados para tratamientos no convencionales. El mismo dependerá de la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud, y debe ser dirigido por un profesional médico calificado y con experiencia en investigación o gestión de la investigacióncon rango de director nacional

La cartera sanitaria nacional será la Autoridad de Aplicación de la norma aprobada por el Congreso de la Nación, “y dictará las normas técnicas complementarias y demás disposiciones que fueren necesarias para su mejor cumplimiento”.

De este modo, se autoriza al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (Conicet) y al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) el cultivo de cannabis "con fines de investigación médica o científica para la elaboración de la sustancia que como medicamento sirva para proveer a quienes estuvieren incorporados al Programa".

“La provisión de aceite de cannabis y sus derivados será gratuita para quienes se encuentren inscriptos en el Programa y se ajusten a sus requerimientos”. Sin embargo, “aquellos pacientes no inscriptos en el Programa que tuvieren como prescripción médica el uso de aceite de cannabis y sus derivados, lo adquirirán bajo su cargo, debiendo ajustarse a los procedimientos para la solicitud del acceso de excepción de medicamentos que determine la Autoridad de Aplicación”.

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