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Ordenó a la cooperativa que «reintegre» los pagos a los usuarios
Provincia tampoco «autorizó» la suba del agua en Villa Santa Cruz del Lago

Santa Cruz del Lago.- La polémica por el aumento del 110% en la tarifa de agua potable en Villa Santa Cruz del Lago sumó ayer un nuevo capítulo, luego de que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia confirmara que no «autorizó» la suba aplicada por la prestataria del servicio. Pero lejos de quedar allí, las autoridades de la Sub-secretaria de Recursos Hídricos determinaron que sean «reintegrados» los pagos a los usuarios que ya abonaron facturas «con incremento».

El caso, que resulta similar al que se sucedió en la Cooperativa de Tanti (donde también se facturó una suba que no contaba con el aval del gobierno provincial), parece encaminarse a tener una resolución en la Justicia, mientras que los vecinos siguen pagando un aumento que no debería aplicarse. Desconociendo los pormenores de la situación, los habitantes de la localidad aledaña a Villa Carlos Paz, cancelaron cuotas correspondientes a los meses de octubre y noviembre del 2009 que ya tenían aplicado un porcentaje mayor.

La noticia de la intimación cayó con un auténtico «baldazo de agua fría» dentro de la Cooperativa Villa Santa Cruz del Lago, que fue notificada por la Dirección de Agua y Saneamiento (DAS) y instada a que «suspenda» la medida adoptada «arbitrariamente». Mediante una nota que fue enviada el pasado 6 de enero a la entidad, el director de Jurisdicción, Control y Explotación del Recurso de la Sub-secretaría de Recursos Hídricos, Juan Dante Bresciano, aclaró: «Si bien la cooperativa procura desde hace tiempo la autorización de un incremento tarifario (la que ha sido demorada en el tiempo por sucesivos reclamos de los usuarios por el cobro de importes adicionales -en cuotas sucesivas- correspondientes a obras realizadas) presuntamente sin la autorización de la Provincia, es importante aclarar que esa suba no ha sido autorizada por la Sub-secretaría de Recursos Hídricos».

«Esta determinación de la Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Asistenciales de Villa Santa Cruz del Lago, viola la letra del Art. 44° del Marco Regulador de la Prestación de Servicios Públicos del Agua Potable y Desagües Cloacales en la Provincia de Córdoba, por lo cual, solicitamos a esa cooperativa que se abstenga de facturar y percibir ningún incremento tarifario mientras el mismo no haya sido visado y autorizado por este organismo»; añadió el funcionario provincial. Al tiempo que, manifestó: «Asimismo, intimamos a que se proceda a reintegrar o acreditar a los usuarios el pago efectuado de dicho incremento».












 
 
 
 

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