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El Tribunal Superior de Justicia revocó la medida cautelar que la habilitaba como candidata.
Revés judicial para Bina, que no podrá postularse para la Defensoría del Pueblo

Villa Carlos Paz.- En medio de una disputa judicial que se originó por la sanción, a cargo del Concejo de Representantes, de varias prohibiciones para acceder al cargo de Defensor del Pueblo de Villa Carlos Paz, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia de Córdoba resolvió la semana pasada revocar la "medida cautelar" que habilitada a la ex concejal Liliana Bina a postularse para el cargo. La decisión del máximo órgano jurídico de la provincia se fundamentó en el hecho de que Bina no acreditó -al momento de hacer su presentación- su pertenencia a ningún partido político, como también las características mismas que tiene dicho "recurso de amparo"; que, de acuerdo a las informaciones que se conocieron en las últimas horas, resultaría más bien del "tipo personal".

La información, que causó cierta satisfacción entre los allegados al intendente Carlos Felpeto, fue confirmada ayer por voceros del área de Asesoría Letrada, quienes llevaron a cabo un fino procedimiento para poder "revertir" lo que había resuelto (en primera instancia) el juez Daniel Strassorier y luego la Cámara de Acusaciones. En ese sentido, mucho tuvo que ver el trabajo realizado por el doctor Carlos Lencinas, quien analizó el caso y logró fijar un antecedente cuya importancia radica en que "se evitarán las acciones oportunistas para acceder a la Defensoría del Pueblo, luego de haberse desempeñado en la función pública con cierto grado de exposición".

El municipio tomó cartas en el asunto luego de que Bina y su abogado patrocinante, Marcelo Touriño, argumentaran que las disposiciones dispuestas por los ediles carlospacenses eran "inconstitucionales" y "limitaban los cargos electivos". Y es que la polémica ordenanza sancionada por el cuerpo legislativo prohibió taxativamente ser candidato a Defensor del Pueblo Titular y Adjunto a quienes ocuparon cargos electivos, rentados o ad honorem, en el orden municipal dentro de los cuatro años anteriores a la fecha prevista para la elección.
Asimismo, tampoco podrán presentarse electoralmente como aspirantes a esos cargos aquellas personas que sean familiares directos en "primer grado" de actuales funcionarios municipales, de miembros del Departamento Ejecutivo, del Consejo de Representantes o del Tribunal de Cuentas. Lo cual para la ex directora de Obras Privadas durante la intendencia de Eduardo Conde, resulta una acción "discriminatoria" y que atenta contra los "principios de igualdad".

Sin embargo, los argumentos esgrimidos por el municipio de Villa Carlos Paz parecieron ser contundentes y el TSJ falló a su favor. Con esta resolución, Liliana Bina no podrá ser candidata para acceder a la Defensoría del Pueblo, ya que no supo acreditar en forma fehaciente que era concejal, como tampoco su "representatividad" en relación a algún partido político local; de acuerdo a las informaciones a las cuales pudo acceder El Diario, que también dejaron entrever que esta decisión permite "vislumbrar" el resultado final que tendrá la instancia judicial en los próximos meses.
"Esta decisión del Superior Tribunal de Justicia no hace más que ratificar lo que nosotros expresábamos con anterioridad. Liliana Bina está imposibilitada a ser candidato porque fue funcionaria del Concejo de Representantes y, sin embargo, no acreditó esto ante la Justicia. Como tampoco demostró estar representando a ningún partido político, que -según se expresa en la Carta Orgánica- deberá presentar a sus candidatos para el cargo"; completaron anoche voceros del Palacio "16 de Julio", quienes sentenciaron: "Es un fallo muy importante para nuestra ciudad".






 
 
 
 

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