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Lucha antitabaco
En Córdoba no se podrá fumar en lugares cerrados

El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba extendió la prohibición de fumar en boliches, discos, lugares bailables y todo lugar cerrado de acceso público, ya que hasta ahora regía para bares, confiterías y restaurantes.

La ordenanza regirá plenamente desde marzo de 2010 y prevé multas de entre 50 y 500 pesos para los propietarios de locales donde se viole la norma. La ordenanza, aprobada por unanimidad ayer, regirá plenamente desde marzo del año próximo, ya que antes de esa fecha se realizará una campaña masiva de difusión para ilustrar sobre sus alcances y resolver eventuales cambios a su texto.

"Vamos a tomarnos 150 días para ver posibles modificaciones que necesita el régimen sancionatorio", ratificó el radical Marcelo Cossar, autor del proyecto de ampliación de la ordenanza que regula la posibilidad de fumar en lugares públicos. La norma determina multas que van desde los 50 a los 500 pesos para los propietarios de locales donde se viole la prohibición de fumar, y también sanciona a los propios fumadores. Cossar desestimó críticas sobre las dificultades para aplicar la ordenanza y dijo que "si hay países ciento por ciento libres de humo, ¿por qué no puede funcionar en Córdoba?". El legislador consideró que "el fundamento (de la ordenanza) es la salud, todos los otros argumentos son secundarios".


 
 
 
 

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